Puntos clave sobre el establecimiento de una dictadura sanitaria internacional de la OMS

La 77.ª Asamblea Mundial de la Salud (AMS) está prevista del 27 de mayo al 1 de junio de 2024. Se adoptarán dos tratados importantes que otorgan a la OMS poderes casi ilimitados consagrados en el derecho internacional. Se trata principalmente de cambios en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y también de un nuevo tratado complementario llamado Tratado sobre Pandemia.

Sobre todo, los cambios al RSI otorgan a la OMS amplios poderes autoritarios. El RSI ya existe y los cambios ya no tienen que ser decididos específicamente por los estados miembros. Entran en vigor de forma vinculante a menos que se presente un veto contra ellos dentro de los 10 meses siguientes a la resolución.

El contrato pandémico es diferente. Es nuevo y también de mucho menos alcance. Primero debe ser ratificado por los estados miembros individuales antes de que entre en vigor.

El analista y periodista James Roguski ha recopilado los principales puntos inaceptables, que reproducimos aquí:

Los 10 puntos principales que son INACEPTABLES en los cambios propuestos al Reglamento Sanitario Internacional

1. Tres niveles de alarmismo: (Artículos 1, 5, 8 y 12)

Es INACEPTABLE otorgar al Director General de la OMS la autoridad para declarar unilateralmente una Alerta de Acción Temprana (EAA) y una Emergencia Pandémica (EP), además de una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) sin ninguna supervisión y sin ningún control. o equilibrios sobre su poder.

2. Cuarentena: (Artículos 24, 27 y Anexos 4 y 8)

La amenaza adicional de cuarentena para los viajeros es INACEPTABLE.

3. Documentos necesarios para viajar: (Artículos 35, 36, 37 y Anexos 3 y 8)

Es INACEPTABLE exigir documentos sanitarios adicionales, como certificados de pruebas, para restringir la libertad de viajar.

4. Vacunas aprobadas para uso de emergencia por la OMS: (Apéndice 6)

La demanda de “vacunas”, especialmente aquellas autorizadas únicamente para uso de emergencia, es INACEPTABLE.

5. Exigir a los actores no estatales el cumplimiento de las medidas de salud pública: (Artículo 42)

Es INACEPTABLE obligar a los “actores no estatales” a someterse a los dictados del gobierno.

6. Monitoreo: (Apéndice 1-ci)

La violación continua y cada vez mayor de nuestra privacidad es INSECENTE.

7. Propagación de patógenos con potencial pandémico: (Artículo 44 y Anexo 1)

Facilitar la propagación de patógenos con potencial pandémico y sus datos de secuencia genética a través de un sistema de acceso a patógenos y distribución de beneficios es absolutamente INACEPTABLE.

8. Autoridad Nacional del RSI: (Artículo 4 y Artículo 44-e)

Es INACEPTABLE exigir que asignemos recursos humanos y financieros y adaptemos nuestras leyes nacionales creando una autoridad nacional para las regulaciones sanitarias internacionales.

9. Divulgación de datos personales: (Artículo 45)

Es INACEPTABLE permitir que información privada se divulgue públicamente.

10. Censura: (Apéndice 1-c-vi y Apéndice 1-5-vii)

Intentar restringir la libertad de palabra y expresión con el pretexto de combatir la desinformación y la desinformación es INACEPTABLE.

El borrador actualizado del tratado contra la pandemia, del que se han eliminado los peores puntos, se puede encontrar aquí: https://apps.who.int/gb/inb/pdf_files/inb9/A_inb9_3-en.pdf

Roguski ha publicado la última versión de los cambios propuestos al Reglamento Sanitario Internacional en este documento:

Modificaciones actualizadas al Reglamento Sanitario Internacional

Salir de la OMS es la mejor solución, porque su política ahora prácticamente sólo está determinada por la camarilla multimillonaria y las grandes empresas farmacéuticas, así como por sus propietarios en los gestores de activos y los grandes bancos.

Este artículo fue publicado originariamente por https://tkp.at/. Lea el original.