Denunciando penalmente el “no” escrutinio general en Asturias de las elecciones del 23J

En la denuncia se relata que en el acto público del escrutinio general, en vez de realizarse el recuento de las actas electorales por la Junta Electoral, simplemente se procedió a comparar las cifras con otras actas en presencia de los partidos políticos, corrigiéndose por una empresa privada los datos incorrectos y realizando esta la suma de los mismos, sin ningún tipo de verificación externa, ni por la Junta Electoral ni por los partidos políticos.

La Ley Orgánica que Regula el Régimen Electoral General determina que, tras las elecciones generales del 23J, se debe de realizar el quinto día posterior a las mismas un escrutinio general de los datos contenidos en las actas originales que suman los votos procedentes de cada mesa electoral. Realizando así, el recuento de los votos procedentes de cada colegio electoral y determinando los resultados electorales.

En vez de eso, en el país de la picaresca, se anuncia a bombo y platillo unas horas después de las elecciones el resultado electoral. Pero hay que recalcar que esos resultados son provisionales e inexactos, son los datos introducidos a la salida de cada colegio electoral en unas computadoras privadas de la empresa Indra que carecen oficialmente de supervisión y de control por la administración electoral, especialmente en lo referido a la suma de los datos.

Puedes ver detalles de la denuncia aquí: https://liverdad.org/wp/2023/08/02/denunciado-penalmente-el-no-escrutinio-general-en-asturias-de-las-elecciones-del-23j/